martes, 30 de agosto de 2011

Políticas de Cielos Abiertos… Una tendencia en aumento.

Básicamente se entiende por Política de Cielos Abiertos a un, o varios, acuerdos entre dos o más aerolíneas que, teóricamente, le brindaría a los clientes mejores tarifas y más opciones al momento de viajar.
Los acuerdos pueden celebrarse entre Líneas Aéreas de distintos países o, incluso,  entre naciones que buscan beneficiarse ellas mismas, como así también los consumidores.
En una política de cielos abiertos suelen entrar estos puntos clave en juego:
Competencia en libre mercado en donde no se impoen restricciones en los vuelos internacionales en lo que a número de aerolíneas, capacidad, frecuencias y aeronaves empleadas se refiere.
Precios y tarifas de mercado, aplicando una sola tarifa, en donde  desautorizarla solo si ambas partes así lo desean y únicamente en casos muy específicos.
Igualdad de Competencia, tomando un ejemplo, las Líneas Aéreas pueden establecer oficinas en el otro país y disponer de los beneficios que éstas generen de forma rápida y sin restricciones.
Acuerdos de cooperación económica: las aerolíneas designadas pueden suscribir acuerdos de código compartido o alquilar aeronaves a compañías de cualquiera de ambos países o incluso de terceros según las normas vigentes. De manera opcional también se puede permitir que aerolíneas y transportistas terrestres realicen operaciones de código compartido.
Asesoramiento para la resolución de conflictos.
Libertad de servicios charter.
Seguridad: cada gobierno y/o aerolínea se compromete a mantener los mayores niveles posibles de seguridad aérea y a prestar asistencia al otro en determinadas circunstancias.
Aplicación opcional de la 7ª Libertad del Aire acerca del transporte de carga
Fuente: Sitio Web oficial de Altonivel.com.mx
Luisem.-

Las Libertades del Aire…

La cuestión que se enmarca dentro del Derecho Internacional, fue muy debatida durante la Conferencia de Chicago del año 1944 en razón al conflicto entre la tendencia liberalizadora del tráfico aéreo internacional representada por los Estados Unidos y la proteccionista defendida especialmente por Gran Bretaña.
Entre ambas tendencias, liberales y proteccionistas, la Conferencia de Chicago asumiendo un compromiso entre el liberalismo extremo y el proteccionismo total propuso a los Estados la aceptación del acuerdo sobre el tránsito de los servicios aéreos internacionales, comprensivo de las llamadas libertades técnicas (derecho de sobrevuelo y derechos de escala técnica), con independencia de las libertades relativas al transporte aéreo o comerciales.
En concreto, en aquel momento se establecieron cinco libertades, que posteriormente se pasaron a conocer como las “Cinco Libertades del aire”; actualmente se conocen 9 libertades.
El marco general de derechos que tienen los paises integrantes de la OACI se denominan Libertades del Aire, y son fundamentales, a las acciones que permitan el libre flujo del tránsito aéreo a través de las fronteras nacionales.
Uno de los logros del consenso alcanzado en el Convenio de Chicago es que todos los Estados acordaron otorgarse mutuamente las Libertades Técnicas. Por otro lado, las libertades 3ra. y 4ta. quedaron al arbitrio de acuerdos bilaterales realizados privadamente entre los Estados.
Conforme al avance y a las corrientes liberalizadoras del Transporte Aéreo han ido ganando terreno, se ha definido el resto de las libertades, libertades 5ta., 6ta. y 7ma., habitualmente vienen de acuerdos multilaterales o combinaciones de acuerdos bilaterales, mientras que la última (8va., llamada también cabotaje) es potestad de que un Estado dado se la otorgue a otro, pero hoy en día es muy poco frecuente.
Por último, es de hacer notar que estas libertades implícitamente conllevan el concepto de Línea Aérea de Bandera, es decir, que la línea aérea involucrada representa a un Estado dado y proporciona vuelos regulares.

Primera Libertad del Aire.

También conocida como “Libertad de Sobrevuelo”, determina el derecho de una aeronave del Estado "A" a sobrevolar el territorio de otro Estado "B" sin aterrizar.

Segunda Libertad del Aire.

También conocida como Libertad de Escala Técnica, en este caso otorga a una aeronave del Estado "A" el derecho de aterrizar en el territorio del Estado "B", otro estado por razones técnicas (no comerciales) tales como repostar combustible, mantenimiento, emergencias, etc.

Tercera Libertad del Aire.

Otorga el derecho a una aeronave del Estado "A" el permiso de desembarcar (por remuneración) en el Estado "B" pasajeros, correo y carga tomados en el territorio del Estado "A". Es denominada Libertad de Transporte al Exterior.

Cuarta Libertad del Aire.

Define el derecho de una aeronave del Estado "A" para que ésta dembarque pasajeros, correo y carga en el Estado "B", y que tengan como destino el Estado "A". Es llamada también Libertad de Transporte al Interior.

Quinta Libertad del Aire.

La quinta libertad o Libertad de Transporte Externo Consecutivo, otorga el derecho a una aeronave del Estado "A" a embarcar pasajeros, correo y carga en el Estado "B" y transportarlos hasta otro Estado "C", con tal y la última parte del vuelo sea una continuación del vuelo inicial "A"-"B".

Sexta Libertad del Aire.

La Libertad de Transporte Externo-Interno o 6ta. libertad otorga el derecho a una aeronave del Estado "A" para que transporte tráfico comercial entre otros dos Estados "B" y "C", siempre y cuando haga escala en su propio territorio.

Séptima Libertad del Aire.

Es conocida también como Libertad de Transporte Externo, en este caso otorga el derecho a una aeronave del Estado "A" para que efectúe transporte comercial, enteramente fuera de su territorio, entre dos Estados "B" y "C".

Octava Libertad del Aire.

Otorga a una aeronave del Estado "A" el derecho a realizar transporte comercial enteramente dentro del territorio de otro Estado "B". Se la conoce también como cabotaje y, rara vez se otorga. En esta última Libertad,  es importante diferenciar “Octava Libertad del Transporte Doméstico”, que es el habitual dentro del territorio un Estado y es administrado de manera interna.
Fuente: Ruiz de Villa, A. B.. "Transporte Aéreo". Publicaciones de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos. Madrid, 2003.
Ultrilla Navarro, Luis.. "Descubrir el Transporte Aéreo". Centro de Documentación y Publicaciones Aena. 2000.

Luisem.-

¿Qué es la IATA…?

La IATA (International Air Transport Association) es una Organización fundada en la ciudad de La Habana, Cuba, en abril de 1945, nacida para servir como vehículo principal para la cooperación entre aerolíneas en la promoción de servicios de transporte aéreo seguro, confiable, seguro y económico - para el beneficio de los consumidores del mundo. La industria aérea internacional regular es ahora 100  veces más grande que la del año 1945. Difícilmente hubiera podido crecer la  industria aeronautica sin haberse dictado normas, prácticas y procedimientos desarrollados dentro de la IATA.
Hacia su fundación, la IATA poseía 57 miembros de 31 países, principalmente de Europa y América del Norte; Hoy cuenta con unos 230 miembros de 126 países en todo el mundo.
La IATA moderna es la sucesora de la Asociación de Tráfico Aéreo Internacional fundada en la ciudad de La Haya en 1919, año del primer encuentro internacional del mundo de servicios regulares.
Como principal misión en el seno del sector del transporte aéreo es la organización de la industria dentro del comercio mundial; durante todo este tiempo la IATA ha desarrollado normas comerciales que contribuyó a una industria global, hoy en día, la principal misión es representar, dirigir y servir a la industria aérea, sus miembros formados por unas 230 aerolíneas de pasajeros y carga del mundo entero que representan el 93 por ciento del tráfico aéreo regular internacional.
IATA, ademas de buscar mejorar la comprensión para aquellos que toman decisiones dentro de la actividad, es aumentar la conciencia de los beneficios que aporta la aviación nacional y mundial en su conjunto.
Como objetivo, IATA tiende a ayudar a las aerolíneas a que colaboren entre sí mismas mediante la simplificación de los procesos y aumentar la comodidad de los pasajeros, reducir los costos y mejorar la eficiencia. Por otra parte, el tema seguridad es número uno, actualmente IATA lo tiene como prioridad y busca mejorar continuamente los estándares de seguridad, especialmente a través de la Auditoría de Seguridad Operacional de IATA (IOSA). Otra de las preocupaciones principales es minimizar el impacto del transporte aéreo sobre el medio ambiente.
IATA, a su vez, asegura que personas y mercancías puedan circular por la red global de aerolíneas tan fácilmente, como si estuvieran en una sola línea aérea y en un solo país, proporcionando apoyo profesional para todos los actores del sector con una amplia gama de productos y servicios de expertos, tales como publicaciones, formación y consultoría.
Los sistemas financieros de la IATA también ayudar a los operadores y la industria de viajes de maximizar los ingresos.
IATA permite a las aerolíneas operar de manera segura, eficiente y económica bajo reglas claramente definidas.
IATA sirve de intermediario entre las aerolíneas y pasajeros, así como los agentes de carga a través de neutralidad aplicado normas de las agencias de servicios centralizados y sistemas financieros.
IATA busca asegurar que los gobiernos estén bien informados acerca de las complejidades de la industria aeronáutica y así poder garantizar mejores decisiones a largo plazo al respecto, entre otras cuestiones.
Fuente: Sitio Web oficial de IATA (Traducción por Luis E.Morell)
Luisem.-

¿Qué es la OACI?

La OACI, es la Organización de Aviación Civil Internacional, también conocida como Organización Internacional de Aeronáutica Civil (o ICAO, por sus siglas en inglés International Civil Aviation Organization ); es una agencia de la Organización de las Naciones Unidas creada en el año 1944 por la Convención de Chicago destinada a estudiar los problemas de la aviación civil internacional y promover los reglamentos, normas y directrices únicas en la aeronáutica mundial. Su sede permanente es administrada y dirigida por un consejo con sede en la ciudad de Montreal (Canadá).
Entre los meses de Noviembre y diciembre del año 1944 se celebró un convenio, previo al establecimiento de una organización de aviación civil internacional elaborado por la conferencia de Aviación Civil Internacional que entró en vigor el 4 de abril de 1947. Se trataba de una Organización Provisional de Aviación Civil Internacional que funcionó desde el 6 de junio de 1945 hasta que se estableció oficialmente la OACI.
Como fines y objetivos específicos la organización tiene en su haber, desarrollar los principios y técnica de la navegación aérea internacional y, fomentar la formulación de planes y el desarrollo del transporte aéreo internacional. Para ello busca fomentar el progreso de la aviación civil internacional, el diseño y la  operacionalidad de aeronaves para fines pacíficos, estimular rutas aéreas, aeropuertos y satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo en lo relativo a transportes aéreos seguros, regulares, eficientes y económicos.
El órgano supremo de OACI es la Asamblea, y el órgano ejecutivo el Consejo, formado por treinta y seis estados; ambos con su sede permanente en la ciudad de Montreal (Canadá). En la Asamblea están representados todos los Estados contratantes de la OACI y en sus reuniones se examina la labor realizada por la Organización en el ámbito técnico, jurídico, económico y de asistencia técnica, fijándose directrices de trabajos futuros de los demás órganos de la OACI.
El Consejo lo integran sólo ciertos estados contratantes elegidos por la Asamblea. Las funciones técnicas del Consejo se llevan a cabo a través de una serie de comisiones:
Comisión de aeronavegación.
Comité de transporte aéreo.
Comité de ayudas colectivas.
Comité de finanzas.
Comité de personal.
Comité sobre interferencia ilícita en la aviación civil y sus instalaciones y servicios.
Comité de cooperación técnica.
Comité jurídico.
La Organización posee en diferentes sitios del mundo subsedes, facilitando la integración regional. La función principal de las diferentes Oficinas Regionales de la OACI es redactar y mantener los Planes Regionales de Navegación Aérea actualizados.
La localización de las diferentes sedes:
África Occidental (Dakar, Senegal)
África - Océano Índico (Nairobi, Kenia)
Europa (París, Francia)
África (El Cairo, Egipto)
América Central (México, D.F.)
América del Sur (Lima, Perú)
Oriente y Oceanía (Bangkok, Tailandia)
Fuente: Sitio Web oficial de OACI. (Traducción por Luis E. Morell)

Luisem.-

Bienvenidos a éste espacio...

Estimados Lectores, les doy la Bienvenida a "Aviación del Mundo"... 

Espero que lo disfruten tanto como hacerlo y escribir en él...

Muchas gracias por visitar este Blog.-

Luisem.-