martes, 30 de agosto de 2011

Políticas de Cielos Abiertos… Una tendencia en aumento.

Básicamente se entiende por Política de Cielos Abiertos a un, o varios, acuerdos entre dos o más aerolíneas que, teóricamente, le brindaría a los clientes mejores tarifas y más opciones al momento de viajar.
Los acuerdos pueden celebrarse entre Líneas Aéreas de distintos países o, incluso,  entre naciones que buscan beneficiarse ellas mismas, como así también los consumidores.
En una política de cielos abiertos suelen entrar estos puntos clave en juego:
Competencia en libre mercado en donde no se impoen restricciones en los vuelos internacionales en lo que a número de aerolíneas, capacidad, frecuencias y aeronaves empleadas se refiere.
Precios y tarifas de mercado, aplicando una sola tarifa, en donde  desautorizarla solo si ambas partes así lo desean y únicamente en casos muy específicos.
Igualdad de Competencia, tomando un ejemplo, las Líneas Aéreas pueden establecer oficinas en el otro país y disponer de los beneficios que éstas generen de forma rápida y sin restricciones.
Acuerdos de cooperación económica: las aerolíneas designadas pueden suscribir acuerdos de código compartido o alquilar aeronaves a compañías de cualquiera de ambos países o incluso de terceros según las normas vigentes. De manera opcional también se puede permitir que aerolíneas y transportistas terrestres realicen operaciones de código compartido.
Asesoramiento para la resolución de conflictos.
Libertad de servicios charter.
Seguridad: cada gobierno y/o aerolínea se compromete a mantener los mayores niveles posibles de seguridad aérea y a prestar asistencia al otro en determinadas circunstancias.
Aplicación opcional de la 7ª Libertad del Aire acerca del transporte de carga
Fuente: Sitio Web oficial de Altonivel.com.mx
Luisem.-

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